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Post-constitución Vigencia 2026

RFC, SAT y Registro Público: trámites después de constituir tu empresa

Después de firmar el acta constitutiva, la sociedad todavía necesita completar cuatro trámites para operar: inscripción en el Registro Público de Comercio, alta en el RFC ante el SAT, obtención de la e.firma y apertura de cuenta bancaria. Este orden evita bloqueos y facturación irregular.

RFC, SAT y Registro Público: trámites después de constituir tu empresa
En esta página
  1. 1. Inscripción en el Registro Público de Comercio
  2. 2. Alta en el RFC de la persona moral
  3. 3. e.firma de la sociedad y del representante legal
  4. 4. Domicilio fiscal y obligaciones
  5. 5. Buzón tributario y facturación
  6. 6. Cuenta bancaria empresarial
  7. 7. Beneficiario controlador y libros
  8. Sobre las SAS
  9. ¿Qué pasa si no me registro?

Sitio informativo no oficial. Las reglas del SAT cambian con cada Resolución Miscelánea Fiscal; revisa siempre el portal oficial.

1. Inscripción en el Registro Público de Comercio

La presenta el fedatario. Detalle en inscripción en el Registro Público de Comercio.

2. Alta en el RFC de la persona moral

Con el acta firmada se solicita la inscripción de la sociedad en el Registro Federal de Contribuyentes. En muchos casos el notario o corredor la tramita en el mismo momento de la firma, para lo cual necesita el RFC y CURP de los socios. Al concluir obtienes la constancia de situación fiscal y la cédula con tu RFC.

La e.firma permite firmar documentos, presentar declaraciones y facturar. La sociedad y su representante legal la tramitan ante el SAT con cita. Más en solicitud de certificados digitales.

4. Domicilio fiscal y obligaciones

Registra el domicilio fiscal real y mantén tu información actualizada. Si cambias de domicilio consulta cambio de domicilio fiscal.

5. Buzón tributario y facturación

Activa el buzón tributario y configura tu emisión de CFDI con un contador o proveedor autorizado.

6. Cuenta bancaria empresarial

Los bancos suelen pedir acta constitutiva inscrita, constancia de situación fiscal, poder del representante y comprobante de domicilio.

7. Beneficiario controlador y libros

Identifica y conserva la información del beneficiario controlador y prepara los libros corporativos.

Sobre las SAS

El RFC de las SAS tiene reglas particulares que cambiaron con la Resolución Miscelánea Fiscal 2026. Revisa cómo constituir una SAS.

¿Qué pasa si no me registro?

Operar sin alta fiscal puede generar multas y bloquear la facturación. Lee qué sucede si no registro mi empresa en el SAT.

Preguntas frecuentes

¿Cómo saco el RFC de mi empresa?

Con el acta constitutiva firmada, tú o tu fedatario solicitan la inscripción en el RFC de la persona moral ante el SAT, con datos y RFC de los socios.

¿Qué necesito para tramitar la e.firma de una empresa?

Acta constitutiva, RFC de la sociedad, identificación y e.firma del representante legal y cita en el SAT, entre otros requisitos vigentes.

¿Puedo abrir una cuenta bancaria sin RFC?

No. Los bancos piden el acta inscrita, la constancia de situación fiscal y los poderes del representante.

¿Qué debo hacer primero: Registro Público o SAT?

Primero firmar e inscribir el acta; el alta en el RFC suele tramitarse en la firma o justo después.

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